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UNA EMPRESA DEBERÁ PAGAR $7 MILLONES DE MULTA POR LA INSTALACIÓN DE CABLEADO SIN PERMISO MUNICIPAL

El Juzgado de Faltas Municipal sancionó al Grupo Windnet por trabajar en la ciudad capital sin autorización y de forma reincidente. El dueño del vehículo que trasladaba al personal que hacía los trabajos, Carlos Quispe Vargas, fue inhabilitado por un año

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  Radio Rivadavia

En una resolución contundente, el Juzgado de Faltas de la Municipalidad de San Luis dictó una dura sentencia contra el Grupo Windnet S.R.L., una empresa dedicada a la provisión del servicios de internet, al considerarla responsable de tres infracciones vinculadas al tendido aéreo de cables sin contar con los permisos municipales vigentes. La sentencia radica en el pago de una multa de $7.000.000 -cuyo plazo para ser abonada vence el próximo el miércoles 19 de noviembre-, y la inhabilitación por un año para realizar cualquier actividad que requiera habilitación o autorización municipal dentro del ejido capitalino para Carlos Quispe Vargas, propietario de la camioneta en la que se hacían los trabajos.

El expediente se confeccionó tras una serie de procedimientos realizados por inspectores municipales que detectaron a las camionetas de la empresa en distintas zonas de la ciudad durante mayo y septiembre de este año. La primera infracción se constató el 21 de mayo, cuando personal de la Dirección General de Tránsito vio que un vehículo utilitario de la empresa Windnet realizaba trabajos de tendido aéreo de cables sobre la calle 25 de Mayo al 200. Cuando los inspectores solicitaron los respectivos permisos, los obreros se identificaron pero adujeron no contar con ningún papel habilitante.

Ante esa falta, la actuación quedó documentada en el Acta N° M00084370, y aunque la notificación fue enviada al domicilio registrado en el padrón automotor, la firma no se acercó por el Juzgado de Faltas a hacer su descargo, no acercó ninguna documentación y así, a los ojos del municipio, quedó en “estado de rebeldía”. Meses más tarde, el 18 de septiembre, se repitieron maniobras similares en el barrio 164 Viviendas, lo que derivó en dos nuevas actas de infracción – la N° C0009766 y la C0009767- que esa misma tarde fueron elevadas al Juzgado de Faltas.

En esta ocasión, los inspectores encontraron a dos personas identificándose como trabajadores de Windnet que se movilizaban y tenían sus herramientas y bobinas de cable sobre una camioneta Peugeot Partner. Otra vez estaban instalando cables de internet. En el lugar se secuestraron herramientas de trabajo, escaleras, una bobina de cables y un carro conectado al utilitario. Durante ese procedimiento, los operarios Pablo Jeira Gómez y Ricardo Vedia aseguraron prestar servicios para el Grupo Windnet. Uno de ellos firmó las actas y exhibió papeles que no solo constataban que pertenecían a la firma, sino que demostraban la actividad de la empresa. El vehículo está a nombre de Carlos Daniel Quispe Vargas, quien posteriormente negó toda relación laboral o comercial con Windnet y solicitó la nulidad de las actuaciones. El empresario remarcó que se trataba de “manifestaciones falsas” y de un operativo supuestamente irregular.

El Juzgado de Faltas aplicó un fuerte multa a la empresa Windnet. (Foto Lautaro Sanchez)

Fue allí cuando la investigación interna del Juzgado de Faltas se profundizó y así contradijo los dichos del dueño del rodado, el cable y las herramientas. Un informe oficial de ARCA (ex AFIP) reveló que Vedia -quien en el operativo manifestó trabajar para Windnet- está registrado como empleado de Quispe Vargas, lo que tiró por tierra los argumentos de su descargo. Para peor, el inspector actuante, Ricardo López, ratificó en sede testimonial que los operarios insistieron en realizar tareas de tendido aun después de ser intimados a exhibir los permisos. No quisieron dejar de realizar sus tareas a pesar de la advertencia.

A esto se sumó la presentación del abogado del Grupo Windnet, César Robles, quien también pidió la nulidad de las actas, cuestionó el accionar de los inspectores municipales y objetó un error material en una de las boletas, donde inicialmente figuraba “Trascender S.A.S.” como razón social. En su resolución, el juez Alejandro Ferrari rechazó estos planteos y aclaró que se trató de un error formal ya subsanado, sin incidencia en el fondo de la cuestión, ya que el procedimiento fue válido, legítimo y ajustado a las normas vigentes.

El juez aclaró que los documentos firmados por los inspectores municipales poseen “presunción de legitimidad” y que la responsabilidad de la empresa quedó demostrada tanto por los testimonios recogidos como por los elementos hallados en los vehículos. En el texto de la sentencia, Ferrari también aclaró que Windnet SRL nunca acreditó contar con permisos para efectuar tendidos en la vía pública, un requisito indispensable para cualquier empresa que realiza tareas que tienen como escenario el ejido urbano.

El juez consideró acreditado que la compañía de provisión de internet cometió tres infracciones y consideró que Quispe Vargas es responsable por las faltas registradas en septiembre, dado que su vehículo y su empleado participaban del operativo sin habilitación. Por eso mismo Ferrari indicó que la retención preventiva del vehículo durante más de 30 días había cumplido su función cautelar, pero explicó que la conducta reincidente más la rebeldía fomenta sanciones extra para evitar reiteraciones.

En la sentencia, el magistrado subrayó que hubo un claro incumplimiento de los artículos 10° y 31° del Código de Faltas Municipal, que regulan el uso del espacio público y los permisos obligatorios para la realización de obras o instalaciones. Y aclaró que estas infracciones, similares a intervenciones clandestinas, pueden afectar la seguridad urbana, la infraestructura eléctrica y el cableado de las telecomunicaciones ya instaladas.

De acuerdo a lo informado, se le otorgó a la empresa cinco días hábiles para que se haga efectivo el pago de la multa, bajo apercibimiento del cobro por vía de apremio judicial.

Además se intimó al representante legal a fin de que toda obra a realizar en la ciudad de San LUIS cuente con los efectivos permisos correspondientes, bajo apercibimiento de agravar sanción.

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